¿Qué pasa si no me divorcio? Bienes, herencia y pensión de su esposo o esposa

Es muy común: la pareja se separó hace años, cada uno rehízo su vida, uno de los dos se fue del país… pero en Colombia siguen casados. Mientras no haya divorcio, la ley los sigue tratando como esposos, con efectos que pueden ser buenos o malos según el caso.

1. La sociedad conyugal sigue viva

Si no hay divorcio ni liquidación, en principio la sociedad conyugal continúa. Eso significa que los bienes y las deudas que cualquiera de los dos adquiera, incluso después de la separación, pueden terminar formando parte de ella. Para vender un inmueble o repartir bienes, tarde o temprano habrá que liquidarla.

2. Nueva pareja: cuidado con los bienes

Si usted convive con otra persona sin haber disuelto la sociedad conyugal anterior, la sociedad patrimonial con su nueva pareja puede no llegar a formarse o verse afectada. Esto puede perjudicar a su nueva pareja si usted fallece o si se separan.

3. Herencia

Mientras siga casado, su cónyuge conserva, en principio, sus derechos en la sucesión del otro: gananciales y, según el caso, porción conyugal. Con el divorcio, el excónyuge deja de ser heredero.

4. ¿Tendré derecho a la pensión de mi esposo o esposa?

La pensión de sobrevivientes está regulada en el artículo 47 de la Ley 100 de 1993, modificado por la Ley 797 de 2003. En términos generales:

  • Si siguen casados aunque estén separados de hecho, el cónyuge puede reclamar la pensión de sobrevivientes si convivió con el pensionado o afiliado al menos cinco años. La Corte Suprema de Justicia ha aceptado que esos cinco años pueden haberse cumplido en cualquier tiempo, no necesariamente antes de la muerte.
  • Si al fallecer había un compañero o compañera permanente, la pensión puede dividirse entre el cónyuge y el compañero, en proporción al tiempo que cada uno convivió.
  • Si se divorcian, por regla general se pierde la condición de cónyuge y, con ella, la posibilidad de reclamar la pensión como esposo o esposa. La jurisprudencia ha analizado situaciones especiales, por lo que cada caso debe revisarse antes de decidir.

Por eso, antes de divorciarse conviene saber qué derechos pensionales podría tener o perder, y antes de quedarse casado “por la pensión”, conviene saber qué riesgos implica para sus bienes y su nueva familia.

5. No puede volver a casarse

Mientras el matrimonio siga vigente en Colombia, no puede contraer un nuevo matrimonio válido aquí. Si se divorció en el exterior, necesita el exequátur para que ese divorcio valga en Colombia.

¿Qué conviene más en su caso?

No hay una respuesta única. Depende de los bienes que tengan, de si hay hijos, de si alguno de los dos tiene o tendrá pensión y de si hay una nueva pareja. En una consulta revisamos su situación y le decimos qué le conviene antes de dar cualquier paso.

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Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría sobre su caso concreto.

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